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Determinación del impuesto

A la renta neta obtenida le debes aplicar la tasa efectiva del impuesto 5%, esto dará como resultado el impuesto a pagar.

S/ 317,600 x 5% = S/ 70,595

 

El impuesto a pagar será de S/ 70,595, el cual deberá ser declarado y pagado en el mes siguiente de recibido el pago por la venta del inmueble, según cronograma de vencimientos mensuales publicado por la SUNAT.

 

Excepciones:

 

  1. 1. Si usted adquirió el inmueble antes del primero de enero del 2004, cuando usted venda ese inmueble, no generará renta gravable y no deberá pagar nada a Sunat, de acuerdo a lo dispuesto en las disposiciones transitorias finales de la ley del impuesto a la renta.
  2.  
  3. 2. Si el inmueble es considerado su “casa habitación”, su venta no estará sujeta al impuesto a la renta. Para que un inmueble se considere casa habitación, este debe haber estado en su posesión por un plazo de, por lo menos, 2 años y debe tener uso exclusivo de vivienda. No puede utilizarse para oficina, comercio, almacén, cochera o cualquier otro uso.
  4.  
  5. 3. Si no ha habido ganancia alguna. Es decir si el resultado de la venta no generó suficientes ingresos para cubrir el costo inicial del inmueble. Para esto se debe tener en consideración el factor de ajuste de la moneda.

 

 

               

Si tienes dudas  o consultas en la compra o venta de tu inmueble escríbenos a claveyllave@grupolutecci.com o al 948441436 - 934790331

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Impuesto a la renta en la venta de propiedades

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